Lima, enero 23 de 2025.- En concurrida conferencia de prensa, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), liderada por Geraldine Maurer, presentó los sorprendentes hallazgos de la primera investigación, desde la perspectiva de los usuarios, sobre el servicio de taxis por aplicativo.
Se informó que, por ejemplo, la plataforma UBER, no cuenta con libro de reclamaciones en su página web, al igual que la empresa DIDI.
Asimismo, existen cláusulas carentes de razonabilidad en muchos de los Términos y Condiciones de los aplicativos analizados, sometiendo al usuario a la jurisdicción de países como Chipre, Países Bajos o también "tarifas cobradas no reembolsables".
Aunado a ello, ante un eventual accidente en cualquiera de los vehículos de los colaboradores en el que se encuentre a bordo un usuario, tres de las cinco aplicaciones analizadas no contarían con ningún tipo de seguro contra accidentes, dejando a los pasajeros en una situación de total desprotección.
La investigación combinó una metodología de análisis jurídico con un trabajo de campo bajo la modalidad de "cliente incógnito", evaluando el funcionamiento real de los servicios de taxi y paquetería por aplicativo en Lima.
El informe cuenta también con rankings comparativos de desempeño, construidos a partir de indicadores objetivos de protección al consumidor, seguridad operativa y cumplimiento normativo.
Los resultados evidencian que no todas las plataformas operan bajo los mismos estándares: mientras algunas plataformas muestran niveles de cumplimiento más consistentes, otras presentan brechas reiteradas en aspectos críticos, lo que confirma que el sector opera hoy bajo reglas dispares.
Otro hallazgo crítico es la detección de servicios ilegales de transporte de personas en motocicleta, ofrecidos bajo la apariencia de servicios de paquetería.
Frente a la problemática detectada, resulta impostergable el diseño de un marco regulatorio nacional específico que establezca al menos cuatro estándares esenciales:
(i) Que las plataformas estén legalmente constituidas en el Perú, con domicilio y representación efectiva en el país para que les sea plenamente aplicable la ley peruana;
(ii) Que los servicios sean prestados únicamente por personas debidamente habilitadas conforme a la normativa vigente;
(iii) Que se fortalezcan las medidas punitivas, con sanciones efectivas que incluyan multas, bloqueo o suspensión de servicios infractores; y
(iv) Que se establezca una antigüedad máxima de diez años para los vehículos, como estándar mínimo de seguridad y calidad.
La investigación será colgada en su integridad en la página web de ASPEC (www.aspec.org.pe) donde podrá ser consultada y descargada gratuitamente por las autoridades, empresarios y usuarios que lo deseen.